Declaración de la renta y patrimonio en Navarra
Todo lo que debes saber sobre la campaña de la declaración de la renta y patrimonio en Navarra que se inicia el 9 de abril de 2024.
✅ Inicio: 9 de abril de 2024
¿Cuáles son los plazos de la presentación de la declaración de la renta?
- NAVARRA: 9-04-24 al 27-06-24
- ESTADO: 3-04-24 al 1-06-24
¿Quiénes están obligados a la presentación de la declaración de la renta?
- Rendimientos de trabajo anuales (salarios, prestación desempleo, rescate plan pensiones, gastos representación, ERTE, etc.) superiores a:
Navarra: +14.500 €; con independencia número de pagadores
Esto es una novedad ya que el año pasado el límte era 12.600 €.
- Rendimientos de capital mobiliario (dividendos, acciones, intereses, etc.) o incrementos de patrimonio anuales (lotería, apuestas, fondos inversión, compraventa, realizar un regalo o donación) superiores a:
Navarra: +1.600 €
- Autónomos: Siempre. Con independencia de su facturación; aunque se obtengan pérdidas para poder solicitar la devolución de las retenciones.
¿Existe la opción de aplazar el pago de la cuota resultante “a pagar”?
Siempre y cuando se presente la declaración en período voluntario, el contribuyente tiene la opción de ingresar la deuda tributaria en uno o dos plazos, sin intereses. Quienes deban pagar pueden hacerlo de una vez o fraccionar el pago con dos fechas máximas: 5 de julio y 20 de noviembre.
Si me sale a pagar, ¿cómo realizo el pago?
El ingreso de la deuda resultante de las propuestas positivas será domiciliado en la cuenta bancaria que figura en la propia propuesta. El plazo para el primer pago es antes del 5 de julio. El del segundo, antes del 20 de noviembre.
Si no se opta por la domiciliación, el pago deberá realizarse a través de la pasarela de pagos de Gobierno de Navarra, (Modelo P44), siempre y cuando la entidad financiera en la que está abierta la cuenta de cargo esté adherida a esa pasarela. Una duda que se puede resolver a través de esta página: http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Organigrama/Estructura+Organica/Hacienda /Ayuda+e+impresos/Manual+de+Ayuda/Entidades.htm
Otra forma es que los contribuyentes obtengan mediante el generador de impresos la carta de pago necesaria, el modelo 711, para abonarla en una entidad financiera colaboradora de Hacienda Foral de Navarra.
Si Hacienda me envía una propuesta: ¿acepto o rechazo?
Quienes reciban la propuesta tienen, como siempre, dos opciones: aceptarla (para lo que no deben hacer nada) o rechazarla y hacer la suya propia.
La propuesta de Hacienda puede tener tres resultados: neutra, a devolver o a pagar.
A quienes les sale a devolver y están conformes con la cantidad propuesta, Hacienda les efectuará el ingreso en la cuenta corriente. Quienes deban pagar pueden hacerlo de una vez o fraccionar el pago con dos fechas máximas: 5 de julio y 20 de noviembre.
Novedades importantes para 2024
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Nuevo umbral de renta: de 12.600 euros a 14.500€: Este año, la declaración de impuesto sobre la renta (IRPF) presenta un nuevo umbral de ingresos que ha aumentado de 12,600€ a 14,500€, después de la eliminación de los dos primeros tramos de retenciones desde enero de 2023.
- Deflactación de la tarifa de IRPF: Se reduce en un 4% con efecto retroactivo al ejercicio 2023 en todos los tramos de renta, evitando así que el aumento de la renta no acompañado de un mayor poder adquisitivo incremente la tributación.
- Planes de pensiones: Se mantiene el límite de 1.500 euros para las aportaciones anuales de planes de pensiones individuales, aunque puede aumentar hasta 8.500 euros si incluye contribuciones empresariales. El importe de la reducción en la base del impuesto para el trabajador depende de las aportaciones de la empresa.
- Inversión en eléctricos e instalaciones renovables: Se mantienen las deducciones incrementadas para vehículos eléctricos y para inversiones en instalaciones de energías renovables, con porcentajes específicos según el tipo de inversión y la renta del contribuyente.
- Deducción por compra y alquiler de vivienda: Se mantienen algunas deducciones, como la por compra de vivienda habitual y la reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo por arrendamiento de viviendas a través de Nasuvinsa. Además, se amplían los requisitos para optar a la deducción por arrendamiento para emancipación.
- Deducción por obras de eficiencia energética: Se mantienen las deducciones por obras realizadas para reducir la demanda de calefacción y refrigeración en viviendas, con posibilidad de incrementarse hasta el 40% por mejoras en el consumo de energía primaria no renovable.
- Exención por reinversión: Se permite la exclusión de gravamen de plusvalías obtenidas por transmisiones de acciones de sociedades emprendedoras si se reinvierte el importe de la venta en nuevas acciones de otras entidades emprendedoras.
- Deducción por la participación de trabajadores en el capital de la empresa: En general, se permite una deducción del 15% o 20%, dependiendo del género, sobre el dinero pagado por acciones o participaciones en la empresa donde trabaja el contribuyente. Para obtener esta deducción, las acciones deben mantenerse durante al menos cinco años, a menos que el trabajador fallezca, sea despedido o la empresa se liquide por quiebra. Esto se hace para fomentar la inversión de los empleados en sus empresas y promover la estabilidad laboral.
¿Necesitas ayuda con tu declaración de la renta y patrimonio?
Envíanos tu consulta vía email al a dirección benacabogados@benacabogados.com o llámanos por teléfono al 948 253 466.
Te informaremos de la documentación necesaria que debes aportarnos para poder presentar correctamente la declaración de la renta y patrimonio.
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