La Justicia Europea zanja el debate sobre los gastos hipotecarios y amplía el plazo para reclamar

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aclara las dudas sobre el plazo de prescripción de los gastos hipotecarios, despejando hasta cuando se puede solicitar la reclamación de los gastos hipotecarios.

El TJUE ha terminado el debate sobre cuando empieza y termina el plazo para exigir la devolución de los gastos hipotecarios. El Tribunal Supremo dictó en enero 2019 una sentencia por la que fijó doctrina y estableció el reparto de los gastos de constitución de las hipotecas entre los bancos y los consumidores.

No obstante, este tiempo límite se alargó tres meses más, hasta el pasado mes de abril, para compensar el periodo en el que los plazos administrativos estuvieron suspendidos como consecuencia de la pandemia de la covid-19 y el confinamiento, según advirtieron las asociaciones de consumidores.

Finalmente, en una nueva sentencia, la máxima instancia judicial europea ha aclarado que el plazo que tienen los consumidores para reclamar los costes de notaría, registro de la propiedad y gestoría abonados injustamente no empieza a correr hasta que dicha cláusula sea anulada por una sentencia firme.

Por otro lado, no se produce cambio relativo a que gastos se podrían reclamar, continuando los gastos del Registro de la Propiedad, de la gestoría, de la tasación, de la notaría (al 50% con el banco), de la comisión de apertura y también del interés legal.

El coste del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados será asumido por la entidad financiera si la firma de la hipoteca es posterior al 10 de noviembre de 2018; antes de esa fecha, corresponde al consumidor o consumidora.

Esto supone en la práctica la ampliación del plazo de prescripción para muchos clientes y abre la puerta a la presentación de nuevas reclamaciones.