El pasado 10 de octubre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de Navarra nº 211 el texto del Convenio Colectivo de Hostelería de Navarra.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a las empresas y personas trabajadoras que actúen dentro del ámbito funcional antecedente, en la Comunidad Foral de Navarra, excepto aquellos que realicen funciones de alta dirección.
Extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. Su entrada en vigor se producirá, a todos los efectos, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON). El incremento pactado para el año 2022 tendrá efecto desde el día de la publicación y el incremento pactado para los años 2023, 2024 y 2025 tendrán efectos desde el día 1 de enero del año correspondiente.
Una de las modificaciones más importantes que se recoge en el texto es una subida salarial del 4% para 2022, otra de la misma cuantía para el curso presente y dos subidas del 3% para los años 24 y 25. Por lo tanto, a partir de la publicación de este martes, la nómina del próximo mes se aumentará para cada persona trabajadora, como mínimo, unos 120€ al mes.
Otra de las modificaciones más significativas es obligación de registro de jornada mediante sistema digital, es decir, para las empresas de 10 o más trabajadores de media anual en las mismas, a lo largo del año 2023 y de la vigencia del convenio para las empresas de más de 5 trabajadores de media anual en cada una de las mismas, excluyendo a los empleadores personas físicas que a fecha 31 de diciembre de 2022 tuvieran la edad de 61 años, y a empresas que tengan menos de 5 trabajadores.
Además, se permite la contratación de fijos discontinuos a tiempo parcial, siendo la jornada mínima de éstos, de al menos 4 horas diarias continuadas.
Por otro lado, el acuerdo recoge la regulación de las categorías profesionales para las personas trabajadoras. De esta forma, se busca limitar la categorización a la baja de las personas trabajadoras que ya tienen experiencia en el sector. También se amplía el plus de incentivo económico para los y las recepcionistas, así como un plus en formación.
Por último, la antigüedad de los trabajadores se calculará en base a la fecha de entrada y no al cómputo de los periodos de trabajo efectivo en la empresa.
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