La digitalización de la facturación va a cambiar de forma importante la manera en la que empresas y autónomos emiten, reciben y conservan sus facturas.

En Navarra, además, existe una particularidad que puede generar cierta confusión. Por un lado, avanza la implantación de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales prevista en la normativa estatal. Por otro, la Hacienda Foral trabaja en NaTicket, su propio proyecto para recibir de forma prácticamente inmediata la información procedente de los sistemas de facturación.

Son dos proyectos relacionados, pero no son exactamente lo mismo ni persiguen la misma finalidad.

Para empresas, pymes y trabajadores autónomos navarros, conocer esta diferencia será especialmente importante durante los próximos meses.

La factura electrónica entre empresas ya tiene desarrollo reglamentario

La Ley 18/2022, conocida como Ley Crea y Crece, estableció la extensión de la factura electrónica a las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales.

El paso más importante se produjo en marzo de 2026 con la aprobación del Real Decreto 238/2026, que desarrolla el futuro sistema español de factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales.

La transformación va bastante más allá de dejar de imprimir las facturas.

Actualmente muchas empresas consideran que ya están utilizando factura electrónica porque generan una factura con su programa de gestión y envían al cliente un archivo PDF por correo electrónico.

Con el nuevo sistema, un simple PDF no será suficiente en las operaciones sujetas a la obligación.

La normativa exige que la factura electrónica se genere mediante un formato estructurado, es decir, un archivo cuyos datos puedan ser procesados automáticamente por diferentes sistemas informáticos. El reglamento contempla formatos como UBL, CII, EDIFACT o Facturae.

De esta manera, los programas de facturación del proveedor y del cliente podrán intercambiar directamente la información contenida en las facturas.

¿A quién afectará la factura electrónica obligatoria?

Como regla general, estarán afectados los empresarios y profesionales obligados a emitir factura cuando realicen operaciones con otro empresario o profesional establecido en España.

Por tanto, la reforma afecta potencialmente a un número muy amplio de actividades: sociedades mercantiles, autónomos, comercios que facturen a otras empresas, despachos profesionales, consultoras, proveedores industriales o empresas de servicios, entre muchos otros.

Hay determinadas excepciones, entre ellas algunas operaciones documentadas mediante facturas simplificadas.

La clave, por tanto, está en que hablamos principalmente de la facturación B2B, es decir, de operaciones entre empresas y profesionales.

¿Cuándo será obligatorio?

Este es uno de los aspectos que más dudas está provocando.

El Real Decreto 238/2026 entró en vigor el 20 de abril de 2026, pero eso no significa que desde esa fecha todas las empresas tengan ya que emitir sus facturas mediante el nuevo sistema.

La aplicación efectiva está vinculada a la entrada en vigor de la orden ministerial que debe desarrollar técnicamente la solución pública de facturación electrónica.

A partir de ese momento se establece una implantación escalonada:

Empresa o profesionalAplicación
Volumen de operaciones superior a 8 millones de euros12 meses después
Resto de empresas y profesionales24 meses después

Así lo establece expresamente la disposición final cuarta del Real Decreto.

Por eso resulta importante diferenciar entre la aprobación de la normativa y el momento en el que cada empresa estará efectivamente obligada a aplicarla.

¿Y qué ocurre con las empresas de Navarra?

Navarra cuenta con su propio régimen tributario derivado del Convenio Económico y con una Administración tributaria propia: la Hacienda Foral de Navarra.

El propio Real Decreto 238/2026 contempla esta situación. Su disposición adicional tercera señala que la aplicación de la solución pública de facturación electrónica para empresarios y profesionales sometidos a normativa tributaria foral deberá realizarse respetando el Convenio Económico y mediante los correspondientes acuerdos de colaboración entre Hacienda Foral y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Esto significa que las empresas navarras deben seguir con especial atención el desarrollo de la normativa, porque la implantación tecnológica tendrá que coordinar el sistema general de factura electrónica con las particularidades derivadas del régimen foral.

Y es aquí donde aparece además NaTicket.

¿Qué es NaTicket?

NaTicket es un proyecto que está desarrollando la Hacienda Foral de Navarra dentro del Plan de Lucha contra el Fraude Fiscal 2025-2027.

Su objetivo es disponer de información fiable y prácticamente inmediata de las facturas emitidas por empresarios y profesionales.

El proyecto prevé que los sistemas informáticos de facturación garanticen aspectos como la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, y plantea la remisión telemática inmediata o casi inmediata de la información de las facturas a Hacienda Foral.

La filosofía es relativamente sencilla: dificultar que una factura pueda ser modificada, eliminada u ocultada posteriormente sin que quede constancia de ello.

Hacienda Foral pretende utilizar además esa información para mejorar la asistencia al contribuyente y reforzar los mecanismos de detección del fraude fiscal.

NaTicket continúa desarrollándose durante 2026

Las Directrices del Plan de Control Tributario de Navarra para 2026 confirman que NaTicket continúa siendo uno de los proyectos estratégicos de Hacienda Foral.

Durante este año, la Administración está trabajando en los sistemas necesarios para recibir, validar y almacenar de forma masiva los registros de facturación.

La propia planificación reconoce que todavía deben definirse formatos electrónicos, canales seguros de comunicación y otros aspectos técnicos. También prevé un periodo informativo y una implantación progresiva debido al impacto que el nuevo sistema tendrá sobre empresas y autónomos.

Por tanto, no conviene confundir los anuncios sobre NaTicket con una obligación inmediata para todas las empresas navarras.

Todavía será necesario atender al desarrollo normativo y técnico que concrete definitivamente su funcionamiento, los contribuyentes afectados y su calendario de aplicación.

Factura electrónica y NaTicket no son lo mismo

Aunque ambos proyectos están relacionados con la digitalización de las facturas, su función es diferente.

La factura electrónica obligatoria regula fundamentalmente cómo una empresa emite y transmite una factura a otra empresa o profesional.

NaTicket, en cambio, está pensado principalmente como un sistema de información y control tributario de Hacienda Foral, mediante el cual se recibirán los registros generados por los sistemas de facturación.

Una misma factura podrá, por tanto, encontrarse afectada por obligaciones relativas a su emisión electrónica y, al mismo tiempo, por mecanismos de comunicación de información tributaria.

De ahí que la adaptación de los programas informáticos vaya a convertirse en una cuestión especialmente relevante.

¿Qué deberían hacer ya las empresas y autónomos navarros?

Aunque todavía quedan elementos pendientes de desarrollo, esperar hasta que llegue la fecha de obligatoriedad puede generar problemas, especialmente en empresas que manejan un volumen elevado de facturas.

El primer paso debería ser revisar el sistema de facturación que utiliza actualmente la empresa.

Conviene comprobar si el proveedor tecnológico está siguiendo el desarrollo de la factura electrónica y de NaTicket y si prevé adaptar el programa cuando se concreten definitivamente las especificaciones.

También será recomendable revisar cómo se generan, modifican, rectifican, almacenan y conservan actualmente las facturas.

La normativa tributaria navarra ya establece que los programas utilizados por quienes desarrollan actividades económicas deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de sus registros.

Por tanto, la transformación no afecta únicamente a Hacienda o al departamento contable. Puede requerir cambios en los programas de gestión, los procedimientos internos y la relación con clientes, proveedores y asesorías.

Especialmente importante será no contratar soluciones tecnológicas basándose únicamente en mensajes comerciales que aseguren estar “homologadas para NaTicket” mientras Hacienda Foral no haya cerrado y publicado todas las especificaciones técnicas del sistema.

Una transformación que va más allá de cambiar el formato de las facturas

La implantación de la factura electrónica y el desarrollo de NaTicket forman parte de un proceso mucho más amplio de digitalización de las relaciones económicas y de aumento de la información disponible para las Administraciones tributarias.

Para las empresas, el cambio supondrá nuevas obligaciones, pero también puede permitir automatizar procesos administrativos, reducir errores y mejorar el seguimiento de facturas emitidas, recibidas y cobradas.

En Navarra, la coexistencia de la normativa estatal sobre factura electrónica y el desarrollo del sistema propio de Hacienda Foral hace especialmente recomendable analizar cada situación con antelación y seguir las próximas novedades normativas.

Desde Benac Abogados podemos asesorar a empresas, profesionales y trabajadores autónomos sobre las implicaciones fiscales y jurídicas de los nuevos sistemas de facturación y sobre la adaptación de sus procedimientos a la nueva normativa.